En esta edición:
LAS BRECHAS SALARIALES ENTRE EL G7 Y LOS MERCADOS EMERGENTES (1975-2001) ILUSTRAN UN RASGO CLAVE DEL CAPITALISMO DARWINISTA
Un Sistema Extremadamente Injusto Dado el hecho de que el poder de compra de los trabajadores manufactureros equivalentes en la mayoría de las economías emergentes es dramáticamente más bajo que el de sus contrapartes estadounidenses, las brechas salariales resultantes son importante evidencia para ilustrar la enorme disparidad e injusticia del sistema global de mercado. Tanto los gobiernos en el Sur como sus socios en el Norte imponen un sistema laborar extremadamente barato. En efecto, la primera razón por la que las corporaciones globales establecen operaciones de manufactura en el Sur, es porque son capaces de explotar a los trabajadores al pagarles salarios de miseria frente a lo que pagan en el Norte por trabajo equivalente, que en ambos casos se utiliza en producir bienes y servicios que son comercializados en mercados globales a precios globales. La explotación de la imposición de costos laborales miserables, sin duda, es el principal contribuyente en el aumento de la productividad y del valor de los accionistas entre las corporaciones multinacionales. Por ello, estas brechas salariales desnudan a un sistema de explotación consciente y estratégico de los trabajadores del Sur. De esta forma, nosotros sostenemos que no existe otra razón para compensar materialmente a los trabajadores del Sur, por la entrega de trabajo equivalente, con un nivel dramáticamente más bajo que el de sus contrapartes en el Sur, que la búsqueda del crecimiento del valor de los accionistas en las corporaciones globales del Norte y el beneficio monetario de las oligarquías del Sur. Aunque las PPCs son sólo una medición del costo de vida y no una medida exacta, éstas eliminan el argumento de los costos de vida más bajos como justificante de la enorme diferencia salarial.
Algunos de los puntos destacados en las gráficas son:
RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA: PREVIENDO SUS IMPLICACIONES SOCIALES
Resumen del contenido:
LA SUBCOMISIÓN DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA ONU HA EMITIDO NORMAS QUE APUNTAN A UN POSIBLE ADVENIMIENTO DE UNA RSC OBLIGATORIA, PERO CONTINÚA LEGITIMANDO UNA ESTRUCTURA QUE GENERA INEQUIDAD SIN LIMITES ENTRE EL NORTE Y EL SUR
Las Normas se basan en el principio de que aunque los Estados tienen la responsabilidad primaria de proteger los derechos humanos, las empresas multinacionales y otras empresas, como órganos de la sociedad, -incluyendo a sus directivos y las personas que trabajan para ellos- son también responsables de promover y asegurar los derechos humanos como se establece en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Las Normas reconocen varios conjuntos de principios, directrices normas y recomendaciones, tales como el Compacto Global de la ONU, las Directrices para TNLs de la OCDE, la Declaración Tripartita de Principios Concernientes a las TNLs de la OIT, así como las Convenciones y Recomendaciones Laborales de la OIT. La ONU proclama estas nuevas Normas y urge a la comunidad mundial a empeñar todo su esfuerzo para diseminarlas y respetarlas. Aunque las Normas son un vehículo de mucho mayor fuerza para alcanzar normas mínimamente aceptables de RSC -y algunos argumentarían que son un paso hacia las prácticas de negocios obligatorias- que el mero juego de principios del Compacto Global, depende de los Estados hacer valerlos. Además, aun si todas son convertidas en leyes, se mantiene el mismo grado de ambigüedad que prevalece en áreas medulares de responsabilidad social. En el área de mayor preocupación para LISDINYS: el derecho a un salario digno, el cual es fundamental para la buena ciudadanía corporativa y un entorno sustentable a pesar de su crasa evasión por parte de la mayoría de los actores, las Normas mantienen el mismo criterio actualmente utilizado por la OIT y otros marcos. Esto hace al concepto de compensación justa claramente ambiguo. El mayor obstáculo para la incorporación del concepto de salarios dignos a un marco legal, es que estas Normas continúan basando sus criterios salariales en la noción de condiciones nacionales. En nuestra opinión, lo que estas Normas tienen que abordar es la dramática explotación de los trabajadores del Sur que diariamente practican las multinacionales, y que se respalda en los criterios de las condiciones nacionales prevalecientes, ya que los salarios que pagan son dramáticamente menores que el costo de vida y, por tanto, los trabajadores viven en la miseria absoluta, ya sea bajo condiciones locales o del Norte. La cuestión que tiene que ser abordada y resolverse a favor de la justicia social y de la observancia de los derechos humanos es el ¿por qué la mayoría de los actores continúan usando un criterio que legitima el uso de normas (en términos de paridades de poder de compra/costo de vida) donde los trabajadores del Sur reciben un nivel mucho menor que sus contrapartes en el Norte? Esto es ¿por qué los trabajadores del Sur no tienen derecho al principio de igual remuneración por igual trabajo (en términos PPC)? Si los trabajadores del Sur continúan padeciendo un sistema donde se les niega una vida digna y el marco de Derechos Humanos ignora el problema, entonces ¿qué caso tienen estas Normas? Las Normas son una expresión de la creciente inquietud por un entorno que es, sobre todo, un generador de la más grande inequidad y miseria que el Norte y el Sur han padecido en tiempos contemporáneos. No obstante, éstas fracasan en encarar, una vez más, el ingrediente medular en la generación de tanta inequidad: la globalización de los mercados, precios y consumidores más no así de las participaciones laborales..
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CUMBRE DE COMERCIO DE CANCÚN: EXCEPTUANDO LA NUEVA UNIDAD ENTRE LAS NACIONES DEL TERCER MUNDO, NO HUBIERON SORPRESAS: LA QUINTA CONFERENCIA MINISTERIAL DE LA OMC SE DERRUMBÓ POR EL PROTECCIONISMO AGRÍCOLA DEL NORTE
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CENTRO DE RECURSOS Esta edición presenta los siguientes recursos:
LAS EMPRESAS MANDAN: ¿QUIÉN PAGA LA CUENTA? Cómo la influencia de las corporaciones en la Organización Mundial de Comercio (OMC) impacta en la gente y en el ambiente
Aunque este reporte revela sólo la punta del témpano de hielo, no deja duda sobre la bancarrota moral del sistema de la OMC. Detrás de la retórica de "comercio basado en reglas", "liberalización" y la "Ronda de Desarrollo de Doha", la realidad es que las reglas de comercio e inversión de la OMC son constantemente moldeadas por los intereses de las corporaciones transnacionales, consolidando su expansión global y removiendo cualquier obstáculo que aún quede. Mediante una serie de estudios caso, esta publicación realza la poderosa influencia de las corporaciones en el proceso de la Organización Mundial de Comercio (OMC). Las mega empresas tienen acceso inigualable sin par a los negociadores comerciales, y esto ha resultado en un juego de reglas comerciales y de acuerdos que directamente benefician a las empresas comerciales transnacionales -a menudo a costa de las comunidades locales y las pequeñas empresas, así como de las generaciones futuras y el medio ambiente. Las transnacionales incluidas en este documento son: Pfizer, Suez, Halliburton, Monsanto y Exxon Mobil. Los grupos de cabildeo corporativo incluyen a la Cámara Internacional de Comercio (CIC), Fabricantes e Investigación Farmacéutica de Estados Unidos (PhRMA), la Organización de la Industria Biotecnológica (BIO), el Foro de Servicio Europeo (FSE), la Coalición de Industrias de Servicios de EEUU (USCSI), el Consejo Nacional de Comercio Foráneo (NFTC) y la Federación Estadounidense de Oficinas de Granjas (AFBF). Para una revisión completa del reporte, bájalo aquí. Baja el archivo pdf aquí. .
PRINCIPALES RECURSOS BAJADOS 1. RSC, una Disciplina Todavía en Estado de Inocencia
HERRAMIENTA DE RSC: LAS DIRECTRICES DE LA GRI 2002, UN MARCO COMÚN DE REPORTEO PARA UN ENTORNO SUSTENTABLE
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